La demanda pretende conocer al impacto que tienen la extracción de arenas silíceas en las napas de agua del sur entrerriano utilizadas para consumo humano. La última de una serie de prórroga para presentar estos análisis se otorgó el 7 de noviembre. Entonces, la jueza Civil y Comercial Nº 2 de Gualeguaychú, Susana Rearden, intimó a que se realice en un lapso de 10 días, términos que ya expiraron. Al día de hoy, suman “443 días que han transcurrido de la primera sentencia que el Estado provincial hasta la fecha no ha cumplido”, recordó a ERA Verde el abogado litigante, Ricardo Luciano.
“No controlan, no sancionan, no les importa nada”, fustigó el letrado Ricardo Luciano en el escrito ingresado a la Justicia donde “reitera el pedido de la aplicación de sanciones conminatorias” por el incumplimiento del Gobierno provincial los estudios que permitan conocer las consecuencias que trae aparejada el uso de las napas subterráneas por parte de las mineras que extraen arenas silíceas. El abogado pide astreintes (una multa que se incrementa con el tiempo en la medida que no se cumple con lo requerido) “atento al irresponsable e injustificado incumplimiento ordenado por la sentencia dictada en autos”.
La presentación realizada este 24 de noviembre, plantea que se llega a esta situación por una serie de incumplimientos dentro del amparo ambiental en el que se pretende conocer si existe contaminación –y en qué grado si la hay–, de las aguas que se usan en el proceso de extraer y lavar material destinado al fracking petrolero en Vaca Muerta. Aguas que se encuentran en la misma formación geológica de donde se provee la demandante –la Cooperativa potabilizadora– para proveer a los vecinos de Ibicuy, en el departamento Islas del Ibicuy.
En este orden, Luciano recordó que la titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, Susana Rearden, el 7 de septiembre del año 2022 “ordenó a la Provincia a realizar el estudio hidrogeológico del agua subterránea denominado ‘Delta Aluvial Formación Isla Talavera’. Esta sentencia fue confirmada por el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, y se le otorgo 180 días para hacerlo”. Expirado este lapso sin presentar la documental requerida, en abril de 2023 se otorgaron otros 180 de prórroga que en lo formal vencieron el 31 de octubre del 2023, sin solución de continuidad. Así, este 7 de noviembre, la jueza Rearden intimó “al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, presente los estudios hidrogeológicos ordenados en la sentencia, en el término de Diez (10) días, bajo apercibimientos de imponer sanciones conminatorias”. Pasado este lapso sin novedades, Luciano vuelve a reclamar.
“Pasó lo que tenía que pasar; intimada a que presente los estudios ordenados, nada presento, echándole la culpa de tal incumplimiento a la Facultad de Ingeniería y Ciencias Hídricas de la Universidad Nacional del Litoral” (UNL), señaló el abogado a ERA Verde. Y apuntó que “443 han transcurrido de la primera sentencia que el Estado provincial hasta la fecha no ha cumplido. ¿Cuántos más tendremos que esperar?”, se pregunta. “La irresponsabilidad que demuestran ante este hecho que indica el desprecio que se tiene por el ciudadano común ya que está en juego el agua que consumen todos los habitantes del sur de nuestra provincia en general y, en particular, a los habitantes de la ciudad de Ibicuy”, observó.
Medios
Entre los argumentos expuestos por el abogado del a potabilizadora de agua señala en la presentación donde reitera el reclamo que “la Secretaría de Ambiente integrante del Corufa ‘Sí’ dispone de medios para actuar antes y realizar los estudios que en autos se reclaman y así otorgar los permisos de extracción de agua subterránea, el tema es que no los utilizan porque no les importa actuar de acuerdo con la ley, cuenta con un equipo técnico de consultores”, hace saber.
El litigante alude a la nómina de consultores individuales o firmas consultoras “habilitados para suscribir Estudios de Impacto Ambiental y auditorías ambientales, antecedentes en estas áreas”, para el caso de ser necesarios. Y que “la provincia tiene la herramienta para no realizar ninguna erogación para la realización los estudios necesarios”, ya que “en caso de no presentación, la Autoridad de Aplicación podrá encomendar a consultores o firmas consultoras del mencionado Registro su realización, en este caso el titular de la actividad deberá hacerse cargo de todos los gastos y costos que esto produzca”.