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Dejaron cesante a médico que dejó de trabajar en el hospital de Ibicuy en 2006

El Ministerio de Salud cerró en 2022 un sumario abierto en 2006 a médico del hospital Behring, quien hizo abandono de su lugar de trabajo. El caso tardó 16 años en resolverse.

La medida está contemplado en el decreto N° 2.587, fechado el 4 de agosto último y que lleva la firma de la ministra de Salud, Sonia Velázquez. El documento refleja que el sumario data del año 2019 y se instruyó a través de otro decreto, N° 2.737.

El médico Claudio Hauff que se desempeñaba en el Hospital Behring, de Ibicuy, comenzó a inasistir bajo la figura de licencia por enfermedad de largo tratamiento desde el 18/11/04 y hasta diciembre de 2006 a partir de la cual continúa inasistiendo sin presentar los correspondientes certificados médicos, razón por la cual a partir de dicho mes se procede a licenciar sus haberes.

No solo se dispuso instruir un sumario. También se le reclamó la devolución de $28.313,7 por sueldos “percibidos indebidamente” desde diciembre de 2004 a noviembre de 2006.

Ahora, un nuevo decreto dispuso la cesantía del profesional bajo el cargo de “haber incurrido en abandono de servicio, por no haberse reintegrado a su trabajo, en el Establecimiento Asistencial, a partir del mes de diciembre de 2006 hasta el día de la fecha”, según el publicado este lunes 5 de diciembre en el Boletín Oficial.

El texto legal refiere que a Claudio Hauff se le imputa de haber incurrido en abandono de servicio al “no asiste a su trabajo desde el mes de diciembre de 2006, hasta el día de la fecha”.

El médico fue citado por los sumariantes a ejercer su derecho de defensa, pero tras designar defensor técnico y “conocer las imputaciones de hecho y derecho que se le enrostran, manifiesta que hará uso de su derecho de abstenerse de declarar; en el estadio procesal pertinente, tampoco se ofreció prueba, ni se alegó sobre el mérito de la producida; asumiendo una actitud displicente y desinteresada en torno a la relación laboral que lo vinculara al Estado Provincial”.

Por lo cual se concluyó que el profesional “evidencia un absoluto desinterés en conservar el empleo y desapego a los procedimientos administrativos a fin de justificar sus inasistencias, lo cual respecto de los agentes estatales, resulta una obligación legal” y por lo tanto la medida que corresponde aplicar, dice el decreto, es la sanción de cesantía. Y efectivamente así ocurrió dieciséis años después.

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