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El Poder Judicial de Entre Ríos, convoca a profesionales de la psicología para la jurisdicción de Islas del Ibicuy

Se Convoca a profesionales de la psicología para cubrir un interinato en la juridicción Islas del Ibicuy. Las inscripciones hasta el 1 de febrero.

Para ser integrante de ETI resulta necesario tener en consideración los siguientes aspectos:

– Residir en la localidad asiento en el que desempeñe su cargo, Art. 17 Inc. 8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
– Incompatibilidades según la Ley Nº 7413, Ley Nº 6902 y Ley Nº 5143.
-Título habilitante, antigüedad mínima y formación, según los previstos en el art. 16 LPF – 10668 y los mencionados en el Acuerdo General Nº 02/21 del 18-02-21, Punto 4º del Superior Tribunal de Justicia.
– Disponibilidad horaria de acuerdo lo estipulado en el Art 10 de la Ley N° 5143.

En caso de contar con los requisitos antes mencionados y encontrarse con interés de postulación, se deberá ingresar al siguiente link https://docs.google.com/forms/d/e/1FAIpQLSdkb60Zg5RXoztaFf4Hmnn7AdoBCyUBISgRUZ-sDEPWLCz23Q/viewform
y completar el formulario, el cual estará disponible hasta el 1 de febrero de 2024.
Conforme meritúe el STJ, podrán realizarse entrevistas a los/as aspirantes que, cumpliendo tales requisitos, cuenten con mayor formación en las temáticas previstas y experiencia.

Ley Procesal de Familia. Ley 10668. Art. 16º: Requisitos para integrar el Equipo Interdisciplinario.
Quienes integren los Equipos Multidisciplinario deben poseer título habilitante en la disciplina de que se trate; haber ejercido la profesión ininterrumpidamente durante los últimos tres (3) años anteriores al de su designación, como mínimo y poseer especial formación en la temática de familia y perspectiva de género; rendir el concurso de idoneidad que prevea el Superior Tribunal de Justicia conforme reglamentación vigente acordada por el mismo.

Acuerdo General Nº 02/21 del 18-02-21. Punto 4º del Superior Tribunal de Justicia.
Requisitos: Los profesionales deberán cumplir con los siguientes requisitos, cualquiera sea el carácter de la designación -suplente, interino, temporario o provisorio-: – Título profesional. – Ejercicio ininterrumpido de la profesión durante los tres (3) últimos años. – Especial formación en la temática de familia y perspectiva de género. – Especialización forense, siempre que se cuente con oferta académica. En los casos que no se cuente con oferta académica de especialización universitaria, y sólo para el cargo de Trabajo Social, se tomarán en cuenta las capacitaciones en dicha materia. Los cursos y/o talleres de especialización deberán haber sido realizados dentro de los últimos cinco (5) años a la fecha de la designación.

En la página web https://www.jusentrerios.gov.ar/ podrá encontrar las demás normativas citadas.

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