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Una multa millonaria por rellenar un humedal

Un juez de Gualeguaychú determinó una sanción de 200 mil pesos por cada día en que se demore en desmantelar el barrio privado Amarras, que genera la crecida del río e inundaciones. 

El juez civil y comercial de Gualeguaychú Javier Mudrovici ordenó que la empresa Altos de Unzué y el municipio de Pueblo General Belgrano paguen 200 mil pesos de multa por cada día en el que no se avance en los trabajos para desmantelar el barrio privado Amarras, donde las obras generaron la crecida del río e inundaciones.

La Municipalidad de Gualeguaychú había pedido hace tres años la “paralización y demolición” del barrio, ya que las obras de elevación de la tierra habían provocado la crecida del río y “la evacuación de más de 150 personas” en varias ocasiones.

De acuerdo a esa denuncia, la crecida repentina también generó que lugares emblemáticos, como el Parque Unzué, la costanera, caminos turísticos, clubes, playas, campos y barrios de la zona de la costanera y el puerto, quedaran bajo agua. El barrio náutico Amarras “era el único lugar no inundado de toda la zona” y “el agua que desplazaba ingresaba profundamente en el casco urbano, afectando zonas densamente pobladas”, según aclara la denuncia.

En julio del 2021, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) había dejado sin efecto una sentencia provincial que permitía continuar los trabajos y en octubre de ese año, el Superior Tribunal de Justicia entrerriano (STJER) debió realizar un nuevo fallo.

Un mes más tarde, la CSJN rechazó el recurso extraordinario interpuesto por ese municipio, la provincia de Entre Ríos, y la empresa constructora del barrio náutico “Amarras”, y mantuvo en pie la nueva decisión.

En esa sentencia, el STJER ordenó la “demolición y desmantelamiento y recomposición del ambiente, volviendo las cosas a su estado anterior” a la construcción del barrio, tras detectar “la alteración negativa del medio ambiente”. Por esa razón, la empresa “Altos de Unzué”, encargada de la construcción, y la Municipalidad de Pueblo General Belgrano, donde se construyó el barrio privado, tenían 180 días para el desmantelamiento de la zona.

Aún así, no se detectaron cambios ni ninguna actividad que dé cuenta de que la empresa “tenga voluntad de cumplir” con la sentencia, según se indicó.

Ante eso, el juez estableció llevar adelante el desmantelamiento e impuso una multa de 200 mil pesos a la empresa, el municipio y la provincia como “multa” por cada día de atraso en cumplir con el fallo.

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